sábado, 10 de octubre de 2009

Higiene y Seguridad






En relación a las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene estas son organismos para investigar las causas de los accidentes y enfermedades en los centros de trabajo, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan. Esta deberá integrarse en un plazo no mayor de 30 días a partir de iniciación de las actividades, estará integrada por igual número de representantes por parte del sindicato titular y por parte del patrón. La Comisión Mixta se registrara ante la autoridad competente que es la Secretaria de Trabajo y Precisión Social, la cual asignara un folio con la cual quedara registrada y se le entregara al patrón o representente legal de esta. Una de las funciones de esta comisión es el de realizar los recorridos dentro de las instalaciones de la empresa que deberá ser mediante un calendario ya establecido y autorizado por parte de la S.T.P.S.
Es muy importante que estas comisiones realicen los recorridos, y reporten las observaciones que hagan para que corrijan las fallas y para que no sucedan más accidentes dentro de las instalaciones de las empresas. Si no corrige las observaciones hechas por la comisión el patrón este se vera obligado a pagar más Riesgos de Trabajo al Seguro Social y afectara a sus ùtilidades de la empresa.